El nuevo Código Penal recogerá propuestas de ASAJA contra los robos en el campo

Robos en el campoSe reconoce que se trata de un “grave problema” y se le aplica un tipo penal agravado con penas de uno a tres años de cárcel.

El Proyecto de Ley Orgánica de modificación del Código Penal está en el Senado. Las reivindicaciones de ASAJA, ante distintos organismos y en distintos ámbitos, para adoptar reformas legales que permitan combatir eficazmente la grave lacra de los hurtos y robos que asolan el medio rural español, con grave quebranto para las explotaciones agrarias, no han caído en saco roto y por primera vez en la legislación penal española se incorpora en el texto del Proyecto de Ley un delito de hurto agravado, sancionado con una pena de uno a tres años de prisión, para la sustracción de productos agrarios o ganaderos, o de los instrumentos o medios que se utilizan en su obtención, siempre que el delito se cometa en explotaciones agrícolas o ganaderas y se cause un grave perjuicio a los mismos.

La propia Exposición de Motivos de la Ley reconoce que estamos ante un grave problema, al tratarse de infracciones cometidas en explotaciones en explotaciones en las que difícilmente es posible adoptar medidas de protección, circunstancia que es aprovechada para la comisión de estos delitos, que suponen la causación a sus propietarios de un perjuicio extraordinariamente elevado, muy superior al que corresponde a la valoración de los productos sustraídos y son causa, además, de una grave sensación de desprotección e inseguridad para quienes los sufren.

Asimismo, se prevé también como delito de hurto agravado, también sancionado con la pena de prisión de uno a tres años la sustracción de conducciones, cableado, equipos o componentes de infraestructuras de suministro eléctrico, de hidrocarburos o de los servicios de telecomunicaciones y se cause un grave quebranto a los mismos, con lo que se intenta paliar, especialmente, el grave problema generado por las sustracciones de cable de cobre.

Con relación a la multirreincidencia, se contempla un tipo agravado aplicable a los delincuentes habituales, que anteriormente eran condenados por faltas de hurto y ahora podrán ser condenados por un delito de hurto agravado castigado con penas de uno a tres años, cuando ya hayan sido condenados por tres delitos patrimoniales. Esta sensibilidad del legislador con este problema ha culminado con la previsión de otra novedad, también reclamada por ASAJA, puesto que entendemos que los hurtos y robos en las explotaciones agrarias están directamente relacionados con las compras ilícitas por terceros de los productos sustraídos, por lo que se considera muy positiva la incorporación de la agravación del delito de receptación (lo comete quien compra bienes hurtados o robados), cuando se trate de productos agrarios o ganaderos o de los instrumentos o medios que se utilicen para su obtención y también cuando sean conducciones, cableado, equipos o componentes de infraestructuras de suministro eléctrico o de servicios de telecomunicaciones o de otras cosas destinadas a las prestaciones de servicios de interés general. Esta agravación específica por comprar productos agrarios o ganaderos o cualquier medio o instrumento para obtenerlos está sancionada con una pena de uno a tres años de prisión, pretendiéndose con ello desincentivar tanto la sustracción de dichos bienes como su venta ilícita.

Se informa también que se amplió el plazo de presentación de enmiendas el pasado 18 de febrero y el próximo 31-mar-2015 es la fecha límite de la tramitación en el Senado.

Por otro lado y según los datos del Plan ROCA contra los robos, puesto en marcha por la Guardia Civil, nos comentan que en el año 2014, los robos bajaron en un 11 %. Aún así las zonas más castigadas siguen siendo Extremadura, Valencia, Ciudad Real, Jaen y Córdoba, según los informes últimos de la Guardia Civil.

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