ABIERTO HASTA EL 31 DE MAYO EL PLAZO PARA SOLICITAR LAS AYUDAS PARA LA PROMOCIÓN DE NUEVAS TECNOLOGÍAS EN MAQUINARIA Y EQUIPOS AGRARIOS
Estas son ayudas públicas al sector agrario siendo subvencionables distinto tipo de inversiones en maquinaria y equipos agrícolas. A continuación os detallamos los requisitos que deben cumplir los solicitantes de estas ayudas, las líneas de ayudas que existen en función del tipo de solicitante, los requisitos que han de cumplir las inversiones subvencionables, cuantía de las ayudas, etc.
La finalidad de esta normativa es otorgar ayudas para la adquisición por compraventa de máquinas y equipos agrícolas que supongan una innovación tecnológica, mejorar los actuales sistemas de producción, ahorrar energía, conservación del medio ambiente y mejorar las condiciones de trabajo de los agricultores.
Los beneficiarios de estas ayudas han de ser PERSONAS JURÍDICAS o asociaciones informales de un mínimo de cuatro agricultores, concretamente:
Sociedades Cooperativas Agrarias de primer o ulterior grado.
Sociedades Agrarias de Transformación.
ATRIAs y ADSGs, asociaciones para tratamientos integrados en agricultura y de defensa sanitaria ganadera.
Agrupaciones agrarias de agricultores sin personalidad jurídica propia basadas en un pacto contractual suscrito por un mínimo de cuatro agricultores titulares de explotaciones agrarias, (se rellenaría un modelo de contrato de acuerdo tipo), incluidas Comunidades de Bienes.
Las inversiones subvencionables serían:
maquinaria y equipos para la preparación y conservación del suelo, la siembra, plantación, fertilización, protección de cultivos y otras atenciones culturales.
Automatización en instalaciones de riego (control automático, fertirrigación, etc)
Mejora tecnológica en maquinaria y equipos de recolección, postrecolección, manipulación en campo, transporte y acondi
cionamiento de productos agrarios.
Equipamiento agrario (trituradoras de restos de poda, abonadoras, desbrozadoras
Maquinaria y equipos dirigidos a las explotaciones ganaderas.
Otra maquinaria y equipos de reciente aparición en el mercado como innovación tecnológica.
Requisitos de los proyectos subvencionables:
Que puedan considerarse viables desde el punto de vista económico, técnico y financiero.
Que la solicitud de la ayuda se presente antes del comienzo realización de la inversión.
Que las máquinas y equipos objeto de esta subvención sean de primera adquisición (nuevos) y permanezcan en el patrimonio del beneficiario durante cinco años a partir de la fecha de inscripción a su nombre en el Registro Oficial de Maquinaria Agrícola, sino fueran inscribibles, durante cinco años a partir de la fecha de compra (que habrá de ser posterior a la solicitud de la ayuda).
Cuantía de las ayudas:
En el caso de Cooperativas, SAT, ATRIAs y ADSGs hasta un 50% del total de la inversión.
En el caso de agrupaciones sin personalidad jurídica basadas en un pacto contractual de al menos 4 agricultores, hasta un 30% del total de la inversión.
La ayuda no superará los 50.000 euros por beneficiario y año, EL PLAZO ESTÁ ABIERTO ESTE AÑO HASTA EL 31 DE MAYO.
Para más información y resolución de cualquier duda en la gestión de estas ayudas, dirigirse a ASAJA-Jaén. Teléfono 953 242660.