ABIERTO EL PLAZO PARA LAS AYUDAS DEL PLAN RENOVE 2009
SE PUEDE SOLICITAR HASTA EL 22 DE JULIO CONTACTA CON TU OFICINA DE ASAJA
RESOLUCIÓN DE 9/06/2009 POR LA QUE SE CONVOCAN LAS AYUDAS DESTINADAS A LA RENOVACIÓN DEL PARQUE ANDALUZ DE MAQUINARIA AGRÍCOLA REGULADAS EN LA ORDEN 11/06/08.



Las ayudas tendrán como objetivos:

1. La renovación del parque andaluz de tractores y máquinas automotrices agrícolas, mediante el achatarramiento de las unidades de estas máquinas más antiguas y su sustitución por nuevos tractores y nuevas máquinas, que al estar equipados con modernas tecnologías, mejoran las condiciones de trabajo, tienen una mayor eficiencia energética y producen un menor impacto ambiental.
2. También se podrán destinar estas ayudas procedentes del achatarramiento de tractores y máquinas automotrices a la adquisición de sembradoras directas, cisternas para purines, esparcidores de fertilizantes sólidos equipadas con dispositivo de localización, abonadoras y equipos de aplicación de productos fitosanitarios.

La cuantía de la ayuda se establece en un mínimo de 80 euros por caballo de vapor (CV), de la potencia que consta en la inscripción en el Registro Oficial de Maquinaria Agrícola (ROMA), en el caso de tractores y motocultores. Para el resto de máquinas automotrices, la potencia en CV se determinará multiplicando por el factor 5 su potencia fiscal.

Está cuantía se verá incrementada en los siguientes importes dependiendo de:

a) Por ser titular de una explotación agraria prioritaria, un incremento de 25 euros por CV.
b) Por ser agricultor joven, que presente la solicitud de ayuda para achatarramiento del tractor o máquina automotriz durante el proceso de su primera instalación o en los cinco años siguientes a ésta, un incremento de 25 euros por CV.
c) Por ser mujer, un incremento de 10 euros/CV.
d) Por estar la explotación en una zona desfavorecida de montaña o por despoblamiento, un incremento de 10 euros/CV.

En el caso de que el beneficiario sea:

- Cooperativa de explotación comunitaria de la tierra.
- Cooperativa de trabajo asociado cuya actividad principal sea la agraria.
- Sociedad Agraria de Transformación (SAT).

La cuantía de la ayuda base se incrementará en 70 euros por CV de potencia de los tractores y máquinas automotrices achatarrados.

En el caso de otras personas jurídicas cuya actividad principal sea la producción agraria así como las personas físicas o jurídicas cuya actividad principal sea la prestación de servicios agrarios, siempre que estén inscritas en los correspondientes registros o censos oficiales, el incremento de la cuantía base será de 25 euros por CV de potencia de la maquinaria achatarrada.


En todos los casos el solicitante podrá achatarrar más de un tractor o máquina automotriz, y adquirir un único tractor nuevo o una sola máquina nueva, siempre que la cuantía total de las ayudas no sobrepase el 50 % de la inversión subvencionable en zonas desfavorecidas (40% en zonas no desfavorecidas), incrementándose ese límite en 10 puntos porcentuales cuando el solicitante sea una mujer o un joven agricultor.

OTROS INCREMENTOS DE LA CUANTÍA BASE:

• 80 euros por CV cuando sean tractores inscritos en el ROMA con anterioridad a la obligación de tener estructuras de protección homologadas (Resolución 21/03/97 BOE 11/04/07).
• Atendiendo a la clasificación según la eficiencia energética del nuevo tractor, y a su estado de cumplimiento de la normativa de emisiones, en los siguientes importes, referidos a la potencia de la maquinaria achatarrada:

a) Por clasificación en la categoría más alta de eficiencia energética (A): 30 euros/CV.
b) Por clasificación en la segunda categoría más alta (B): 10 euros/CV
c) Por tener en su homologación valores de emisiones contaminantes inferiores a las exigidas, en 10 euros/CV.

EN TODOS LOS CASOS LA CUANTÍA MÁXIMA DE LAS AYUDAS SERÁ DE 12.000 euros para la adquisición de nuevos tractores, 30.000 euros sin son equipos automotrices de recolección o el 30% de la inversión, en el resto de máquinas automotrices y en los casos de máquinas arrastradas.

REQUISITOS Y COMPROMISOS DE LOS BENEFICIARIOS:

- Ser titular de una explotación agraria o tratarse de una persona física o jurídica de las antes referidas (SAT, empresas de servicios, etc.).
- Ser titular del nuevo tractor o máquina y de la maquinaria achatarrada (en el caso de personas jurídicas pueden ser titulares los propios socios).
- Comprometerse a no enajenar el nuevo tractor o la nueva máquina durante un periodo de cinco años.

REQUISITOS DEL TRACTOR Y MÁQUINA AUTOMOTRIZ ACHATARRADOS:

- Tener más de 15 años de antigüedad, excepto para los equipos de recolección, que podrá ser de 10 años, lo que se justificará por la fecha de su primera inscripción como alta en el ROMA y la fecha de solicitud de baja definitiva por desguace.
- Estar inscrito en el ROMA bajo la titularidad del solicitante de la ayuda o de los socios de cooperativas o SAT AL MENOS DURANTE EL ÚLTIMO AÑO.
- Ser entregado en un centro autorizado de tratamiento o en una instalación de recepción.
- Causar baja definitiva en el ROMA, con una anotación en que se haga constar que ha sido achatarrado. Así mismo, deberá causar baja definitiva en el Registro de vehículos, si estuviera inscrito en él.

REQUISITOS DEL NUEVO TRACTOR O MÁQUINA:

- Ser de primera adquisición.
- Quedar inscrito como tal en el ROMA correspondiente.


JUSTIFICACIÓN Y PAGO:


Dentro del plazo que determine la resolución favorable, los beneficiarios deberán:

- Dar de baja los tractores y máquinas automotrices achatarrados, en el ROMA donde estuviesen inscritos.
- Dar de alta en el ROMA el nuevo tractor o máquina.
- Aportar la factura de compra en la que deben aparecer detallados el precio de la tarifa del tractor o máquina adquirida, con su equipamiento; los descuentos aplicados por la empresa vendedora especialmente el aplicado por el achatarramiento de los tractores y máquinas automotrices antiguos; precio neto sin IVA, firma y sello.


DOCUMENTACIÓN NECESARIA:

- Fotocopia del DNI del solicitante (CIF y Constitución para personas jurídicas).
- Declaración de Pago Unico.
- Cartilla del Registro de Maquinaria de la maquina a achatarrar.
- Factura pro forma de la nueva máquina a adquirir.
- Certificado bancario del número de cuenta.
- Certificado de estar al corriente de pago con la Seguridad Social.
- Certificado de cumplimiento con la normativa de emisiones del nuevo tractor.
- Certificado del Registro de Maquinaria Agrícola, ROMA.



Para el año 2.009 el plazo de presentación de solicitudes expirará el 22 de Julio.