Los maestros de almazara andaluces tendrán título oficial

La Consejería de Educación ha abierto un plazo para incluir 200  plazas para la obtención de certificados profesionales que avalen el trabajo de los maestros de almazara andaluces. Esta medida se logra tras años de negociaciones por parte de la Asociación de Maestros de Almazara (Aemoda), que habían solicitado un reconocimento acreditado de la labor de tantos y tantos maestros que están especializados en este sector.

En esta convocatoria se incluyen 200 plazas para la obtención de certificados profesionales para profesionales que trabajan en la obtención del aceite oliva. La resolución de 25 de marzo de 2019, conjunta de la Dirección General de Formación Profesional para el Empleo de la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo, y de la Dirección General de Formación Profesional de la Consejería de Educación y Deporte, fue publicada el pasado 1 de marzo en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía BOJA).

‘Conducir los procesos de extracción y realizar las operaciones de refinado y corrección de aceites de oliva’ y ‘Controlar el proceso de trasiego y almacenamiento de aceite de oliva en bodega’ son las dos competencias recogidas dentro del certificado de profesionalidad como ‘Obtentor de aceite de oliva’. La cualificación profesional queda incluida en el título de grado medio ‘Técnico en Aceites de Oliva y Vinos’ (RD 1798/2008, de 3 de noviembre).

Los requisitos fundamentales para la obtención del certificado de cara a los maestros y operarios de almazara son los siguientes:

a) Poseer la nacionalidad española, haber obtenido el certificado de registro de ciudadanía comunitaria o la tarjeta de familiar de ciudadano o ciudadana de la Unión Europea, o ser titular de una autorización de residencia, o de residencia y trabajo en España en vigor, en los términos establecidos en la normativa española de extranjería e inmigración.

b) Tener 20 años cumplidos en el momento de realizar la inscripción.

c) Tener experiencia laboral o formación relacionada con las competencias profesionales, objeto de la convocatoria, que se quiere acreditar:

  • En el caso de experiencia laboral, es necesario justificar, al menos 3 años, con un mínimo de 2.000 horas trabajadas en total, en los últimos 10 años transcurridos antes de realizarse la convocatoria.
  • En el caso de formación no formal relacionada con las competencias profesionales de la cualificación solicitada, justificar, al menos 300 horas, en los últimos 10 años transcurridos antes de realizarse la convocatoria. En los casos en los que los módulos formativos asociados a la unidad de competencia que se pretende acreditar contemplen una duración inferior, deberán acreditar las horas establecidas en dichos módulos.

Las solicitudes de inscripción irán dirigidas a la Direccón General de Formación Profesional y deberán ser cumplimentadas a través de la oficina virtual de la Consejería de Educación y Deporte (https://www.juntadeandalucia.es/educacion/secretariavirtual/sede/) mediante la aplicación informática diseñada a tal efecto, de acuerdo con las indicaciones e instrucciones que en la misma se incluyen.

El plazo de presentación de solicitudes de participación en este procedimiento finaliza el 30 de abril, veinte días hábiles después de la publicación en el BOJA.

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