Nuevas obligaciones en materia de responsabilidad civil y seguro de circulación de vehículos a motor

Derivado de la nueva directiva europea de automóviles, se han introducido modificaciones por la Ley 5/2025 de 24 de julio de 2025, en la vigente Ley de Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Vehículos a Motor, en el sentido de incrementar la obligatoriedad de suscripción del Seguro de Responsabilidad Civil en los vehículos a motor. Así, con la entrada en vigor de la nueva Ley de los conceptos definidos anteriormente como «vehículos a motor» y «hechos de la circulación» cambian sensiblemente y ya desaparecen las exclusiones de la obligación de suscribir un seguro de responsabilidad civil a los vehículos a motor, en función de la actividad y el lugar en que la realicen.

 

Por tanto, podemos concluir que todos los vehículos a motor que antes quedaban dispensados de la obligación de suscribir en función de la actividad industrial y agrícola que realizaban (por ejemplo, una carretilla elevadora) y cómo y dónde la realizaban (tractores o vehículos que no salen a la vía pública pero que circulan dentro de una explotación o finca), ahora con la nueva legislación vienen obligados ineludiblemente a contar con ese seguro obligatorio.

 

Para cualquier aclaración o ampliación de esta información, puede contactar con el departamento de Seguros de ASAJA-Jaén, en el 953 24 26 60.

 

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