Autorizado un aplazamiento del pago de los ‘sellos agrarios’ de enero, febrero, marzo y abril de 2019

recogida de aceituna en finca cárdenasLa Tesorería General de la Seguridad Social ha dictado  Resolución de 23 de enero de 2019, de la Tesorería General de la Seguridad Social, (modificada el 30 de enero) por la que  se autoriza a diferir el pago de cuotas a los trabajadores incluidos en el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Ajena Agrarios (el ‘sello agrario’), establecido en el Régimen General de la Seguridad Social, durante los periodos de inactividad correspondiente a los meses de enero a abril de 2019, resolviendo que:

 

Los trabajadores incluidos en el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Ajena Agrarios, establecido en el Régimen General de la Seguridad Social, que hayan realizado un máximo de 55 jornadas reales cotizadas en el año 2018, quedan autorizados a diferir  el plazo reglamentario de ingreso de las cuotas por inactividad de los meses de enero, febrero, marzo y abril de 2019, que deberán ingresarse mensualmente desde el mes de junio a septiembre de 2019, sin aplicación de recargo o interés alguno.

 

Las solicitudes deberán presentarse antes del 12 de febrero de 2019.

 

La no utilización del plazo de ingreso diferido, una vez autorizado el mismo, no dará derecho a la devolución de las cuotas ingresadas.

 

Por si tuviese algún trabajador interesado en solicitar el diferimiento en los términos que indica la resolución,  se acompaña el formulario de solicitud de diferimiento que podrá también obtener pinchando en el siguiente enlace:  SOLICITUD DE MORATORIA / DIFERIMIENTO y  podrá presentar en cualquier registro.

También podrán estos o sus representantes,  realizar cómodamente la solicitud en la Sede Electrónica de la Seguridad Social (SEDESS), en la ruta: Inicio / Ciudadanos / Recaudación /Solicitud de moratoria y exención por acontecimientos catastróficos.

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