¿Quienes deben inscribirse en el Registro ROPO?

En el Registro ROPO  han de estar inscritas, según nos recuerdan desde la Consejería de Agricultura de la Junta de Andalucía, todas las personas físicas o jurídicas que desarrollen las siguientes actividades:

Suministro de medios de defensa fitosanitaria Deben inscribirse en el SECTOR SUMINISTRADORES los fabricantes, distribuidores (vendedores), empresas de logística y empresas que se dediquen al almacenamiento de medios de defensa fitosanitarios (donde se incluyen productos fitosanitarios y Otros Medios de Defensa Fitosanitarios (OMDF).
Realización de tratamientos fitosanitarios Deben inscribirse en el SECTOR DE TRATAMIENTOS aquellas personas físicas o jurídicas que realizan tratamientos fitosanitarios por medios terrestres, aéreos, o en almacenes u otros locales.
Asesoramiento Deben inscribirse en el ROPO como ASESORES las personas físicas que prestan servicio de asesoramiento en gestión integrada de plagas a explotaciones agrarias, entidades o a particulares.
Manipulación y utilización de productos fitosanitarios de uso profesional Deben inscribirse en el ROPO las personas físicas con carné de usuario profesional de productos fitosanitarios.
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