¿Quiénes pueden cobrar las ayudas PAC y qué actividades se excluyen?

No todos los agricultores o propiedades de tierras agrarias pueden cobrar la PAC. Existen excepciones y sanciones en diferentes casos. Antes de que te pille por sorpresa de cara a la futura camapañ de ayudas, puedes ller esta información de Fondo Español de Garantía Agraria  que explica todo lo que debes saber sobre este asunto:

 

¿Quiénes pueden recibir los pagos directos de la PAC?

Los pagos directos de la PAC están dirigidos hacia los agricultores y ganaderos que cumplan los requisitos de agricultor activo, que sean titulares de una explotación agrícola o ganadera inscrita en el registro correspondiente, con independencia del régimen de tenencia de la tierra, y que lleven a cabo una actividad agraria que podrá consistir en la producción, cría o cultivo de productos agrarios, con la inclusión de la cosecha, el ordeño, la cría o el mantenimiento de animales; o la conservación de la superficie agraria de su explotación en un estado adecuado para el pasto o el cultivo. El agricultor o ganadero, titular de una explotación agrícola o ganadera, debe ser la persona, física o jurídica, que asuma el riesgo empresarial de la actividad agraria que declara en su solicitud.

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Llega la PAC 2019. Éstas son las novedades de este año

A partir del 1 de febrero ha comenzado la campaña de solicitud de ayudas de la PAC 2019, que permitirá a más de 716.000 productores presentar, hasta el próximo 30 de abril, la Solicitud Única de las ayudas directas de la Política Agrícola Común (PAC), mediante la cual el productor puede solicitar todas sus ayudas de una sola vez.

El importe total de las mismas asciende a 4.954 millones de euros, que se podrán abonar en forma de anticipos a partir del 16 de octubre y el saldo a partir del 1 de diciembre.

Igual que en campañas anteriores, la Solicitud Única debe dirigirse a la autoridad competente de la comunidad autónoma en la que radique la explotación o la mayor parte de la superficie de la misma y en caso de no disponer de superficie, se presentará en la comunidad autónoma en la que se encuentre el mayor número de animales.

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Normativa para el cultivo del algodón. Campaña 2018-2019

Ya se ha publicado la Orden sobre la ayuda específica para el cultivo del algodón correspondiente a la campaña 2018/2019. En ella se establecen los requisitos obligatorios para todas esas  plantaciones susceptibles de recibir la ayuda, así como  las condiciones de cultivo y las variedades que están autorizadas.

Las parcelas elegibles para la siembra de este cultivo que podrán acogerse a la ayuda serán aquéllas en cuyas superficies se haya sembrado algodón con derecho a ayuda, al menos una vez durante las campañas 2000/2001, 2001/2002 y 2002/2003.

Asimismo, se autoriza el uso de todas las variedades que recoge el catálogo común de especies de plantas agrícolas de la Unión Europea.

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