Principales novedades de la PAC 2025
Este año podemos presentar solicitudes PAC 2025 en el periodo comprendido entre el 1 de febrero y el 30 de abril, ambos inclusive. Posteriormente, hasta el 31 de mayo, se abre el periodo de modificaciones (en el que se permite realizar cambios con respecto a la solicitud inicial). Estos plazos coinciden con las solicitudes de modificaciones en SIGPAC, que se realizarán de forma conjunta con la solicitud única y, en algunos casos concretos, con posterioridad hasta el 31 de mayo. En lo que se refiere a cesiones de derechos y cambios de titularidad de las explotaciones (por compraventas, arrendamientos, herencias…) tenemos el plazo abierto hasta el 31 de mayo. La petición de derechos a la Reserva Nacional está limitada al 30 de abril.
Base de datos con los métodos de Gestión Integrada de Plagas actualmente disponibles
La Dirección General de Agricultura y Desarrollo Rural de la Comisión Europea ha elaborado una base de datos que presenta una descripción general de los métodos de Gestión Integrada de Plagas (GIP) actualmente disponibles, priorizando estas herramientas frente a la utilización de productos fitosanitarios, recomendando reducir su uso a lo estrictamente necesario. Todo ello elaborado con el enfoque de salvaguardar la seguridad alimentaria, minimizar los riesgos para las personas y el medio ambiente y garantizar ingresos viables a los agricultores disminuyendo costes en el control de plagas que afectan a los cultivos.
La Ley para la gestión de la nueva PAC entrará en vigor el 2 de enero
El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado la Ley 30/2022, de 23 de diciembre por la que se regula el sistema de gestión de la Política Agrícola Común -que estrena periodo en 2023- y otras materias conexas; que entrará en vigor el próximo 2 de enero, según recoge Agrodiario. En su edición del pasado sábado el BOE ha incluido esta norma en la que se recogen las definiciones, mecanismos de control y sanciones de esta norma general para aplicar la nueva PAC, que requiere igualmente otros 18 decretos legislativos.
Situación fitosanitaria de la polilla del olivo
La Red de Alerta e Información Fitosanitaria de Andalucía augura que la meteorología que hemos vivido en estos últimos días, de estabilidad atmosférica, acompañada por un aumento de las temperaturas, va a acelerar la fenología del cultivo, lo que se traduce en una rápida apertura de las flores en todas las provincias andaluzas. En nuestra comunidad, el estado fenológico dominante viene diferenciado entre las provincias occidentales, que son las más adelantadas, y las orientales, más retrasadas, en algunos casos más acusado. Así, se observan los estados G1 (caída de pétalos) y G2 (fruto cuajado) en Cádiz y Sevilla; F (floración) y G1 (caída de pétalos) en Córdoba; F (floración) en Jaén y Málaga, y es Granada la más atrasada con D2 (despliegue corola) y D3 (corola cambio color)
Rechazo al documento sobre la estrategia de gestión del lobo
Las organizaciones profesionales agrarias, ASAJA COAG y UPA muestran su más rotundo rechazo al documento de bases para la elaboración de una estrategia para la conservación y gestión del lobo en España planteado por el Ministerio de Transición Ecológica y Reto Demográfico. Exigen su retirada inmediata y la apertura de un proceso de diálogo con todos los actores implicados (organizaciones profesionales agrarias, ONGs medioambientalistas, expertos y CC.AA afectadas) para negociar un nuevo plan de gestión y control del lobo que recoja un análisis actualizado del número real de manadas y ejemplares que existen en España y las posibles medidas para facilitar la coexistencia con la ganadería, el control poblacional y las compensaciones frente a los daños. Así se manifiesta en el informe conjunto de alegaciones, en el que se denuncia la nula participación de los colectivos ganaderos, principales afectados por las poblaciones de lobos, en los foros, comités técnicos de seguimiento y consultas para la implementación de medidas que van dirigidas y afectan al sector agrario. Asimismo, se recogen los principales motivos del rechazo a dicho documento:






















