Nuevo reglamento de caza en Andalucía, te explicamos las claves

conejo en un coto de cazaEl pasado 4 de agosto de 2017 se publicó en el BOJA número 149 el Decreto 126/2017, de 25 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Ordenación de la Caza en Andalucía, de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio.

En este nuevo Reglamento, que deroga al anterior Decreto 182/2005, de 26 de julio, se introducen algunas novedades que han de tenerse en cuenta en la gestión cinegética. Gran parte de los nuevos condicionados establecidos en este Reglamento habrán de aplicarse en base a la Orden que cita el Reglamento y que deberá publicarse en un futuro.

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¿Qué trámites administrativos debes realizar para poder cazar en cotos privados?

Por Jorge Cuadra Soriano, IRM, Ingeniería Rural y Medio Ambiente S. L.

Lejos queda ya la temporada cinegética pasada, y es tiempo de planificar la próxima. Qué mancha se dará este año, a quién se le arrendará el coto y qué gestiones administrativas son necesarias para tener todo en orden, son entre otras las cuestiones que los titulares y gestores cinegéticos abordan antes de que se abra la media veda en verano y definitivamente en otoño comience la época de caza.

 

En todo terreno cinegético podemos cazar siempre y cuando las especies cinegéticas y el cupo establecido esté aprobado en el correspondiente Plan Técnico de Caza por la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio. Este documento tiene una vigencia de 4 temporadas, por lo que su elaboración ha de ser llevada a cabo siempre con tiempo suficiente antes de su cumplimiento y así desarrollar las jornadas cinegéticas previstas con normalidad y de acuerdo con el marco jurídico establecido.

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