Nuevas obligaciones en materia de responsabilidad civil y seguro de circulación de vehículos a motor

Derivado de la nueva directiva europea de automóviles, se han introducido modificaciones por la Ley 5/2025 de 24 de julio de 2025, en la vigente Ley de Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Vehículos a Motor, en el sentido de incrementar la obligatoriedad de suscripción del Seguro de Responsabilidad Civil en los vehículos a motor. Así, con la entrada en vigor de la nueva Ley de los conceptos definidos anteriormente como «vehículos a motor» y «hechos de la circulación» cambian sensiblemente y ya desaparecen las exclusiones de la obligación de suscribir un seguro de responsabilidad civil a los vehículos a motor, en función de la actividad y el lugar en que la realicen.

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Llevar el registro de transacciones y operaciones de los productos fitosanitarios es obligatorio

agricultor realizando trabajos de aplicador de fitosanitariosEl 1o de mayo se publicó en el BOE el nuevo Real Decreto 285/2021, de 20 de abril, por el que se establecen las condiciones de almacenamiento, comercialización, importación o exportación, control oficial y autorización de ensayos con productos fitosanitarios, y se modifica el Real Decreto 1311/2021, de 14 de septiembre, por el que se establece el marco de actuación para conseguir un uso sostenible de los productos fitosanitarios. Este nuevo Real Decreto aporta una serie de novedades y obligaciones que son de especial interés para los operadores inscritos en el Registro Oficial de Productores y Operadores de Medios de Defensa Fitosanitaria (ROPO), y especialmente aquellos que se encuentran en el sector suministrador o en el sector de tratamientos fitosanitarios, y que se proceden a resumir en los siguientes puntos:

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