Prohibida la quema de residuos vegetales

Actualmente está en vigor la prohibición de los residuos generados en el ámbito agrícola y silvícola, según la Ley 7/2022, como recoge el proyecto “Somos Semilla”, que establece en su artículo 27.3: “Con carácter general, no está permitida la quema de residuos vegetales generados en el entorno agrario o silvícola. Únicamente podrá permitirse la quema de estos residuos con carácter excepcional, y siempre y cuando cuenten con la correspondiente autorización individualizada que permita dicha quema, por razones de carácter fitosanitario que no sea posible abordar con otro tipo de tratamiento, motivando adecuadamente que no existen otros medios para evitar la propagación de plagas, o en entornos silvícolas, con el objeto de prevenir los incendios forestales cuando no pueda accederse para su retirada y posterior gestión, en aplicación de la expulsión prevista en el artículo 3.2.e). Los residuos vegetales generados en el entorno agrario o silvícola que no queden excluidos del ámbito de aplicación de esta ley de acuerdo con el artículo 3.2.e), deberán gestionarse conforme a lo previsto en esta ley, en especial la jerarquía de residuos, priorizando su reciclado mediante el tratamiento biológico de la materia orgánica”.

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Prohibición permanente de quema de restos vegetales

El Ministerio para la Transición Ecológica y Reto Demográfico publicó en abril una Ley de Residuos para una economía circular. En dicha Ley se contempla que no se permite la quema de restos vegetales en el entorno agrario o silvícola, con carácter general y de forma permanente (todo el año). Asaja está absolutamente en contra de dicha prohibición y así lo ha hecho saber al Ministerio, puesto que la normativa para prevención de incendios ya está perfectamente reglada.

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Se agilizan las autorizaciones de quemas agrícolas en zonas de influencia forestal

La Delegación Territorial de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca, y Desarrollo Sostenible de la Junta en Jaén ha agilizado la tramitación de las autorizaciones de  quemas agrícolas en zonas de influencia forestal para dar respuesta a esa necesidad y evitar situaciones de riesgo, según recoge Agrónoma. Los agentes de Medio Ambiente son los encargados de realizar estos trámites, que este año se han llevado a cabo telemáticamente en la mayoría de los casos. Según ha destacado la delegada territorial de Desarrollo Sostenible, María José Lara, debido a la pandemia, la Consejería ha tomado la decisión de prorrogar las autorizaciones que se concedieron el año pasado, siendo solo necesaria la previa comunicación del interesado antes de proceder a la quema de residuos agrícolas, mediante correo electrónico o por llamada de teléfono.

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Prórroga de las autorizaciones de quemas agrícolas en zona de influencia forestal

La Consejería de Agricultura ha publicado en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de ayer la resolución por la que se prorrogan las autorizaciones para empleo del fuego en actividades agrarias en zonas de influencia forestal, cuya competencia viene determinada en el decreto 247/2001 de 13 de noviembre, debido al estado actual de riesgo inminente y extraordinario para la salud pública a consecuencia del coronavirus. Eso sí, hay que comunicarlas y para ello los interesados tienen que dirigirse al guarda de su zona o a la oficina de Asaja más cercana.

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Quemas agrícolas y forestales a partir del 1 de noviembre

Desde hoy, día 1 de noviembre, estamos en época de peligro bajo de incendio, periodo que durará hasta el próximo 30 de abril. Por ello, en las zonas forestales y de influencia forestal se podrá hacer uso del fuego, siempre obteniendo una autorización de Medio Ambiente.

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