Avance del potencial de producción vitícola en España

Desde el 1 de enero de 2016, para plantar viñedo de uva para vinificación se debe contar con una autorización. Para poder obtener una autorización para plantar viñedo, la norma comunitaria establece dos vías: por arranque y replantación de un viñedo, o a partir de un cupo que los Estados Miembros ponen anualmente a disposición de los interesados y que será como máximo del 1% de la superficie plantada a 31 de julio del año anterior. Además, la normativa permite establecer limitaciones adicionales en el ámbito territorial de las DOPs y/o IGPs. Las autorizaciones no son transferibles y tienen una validez de 3 años desde el momento de su concesión.

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