A partir del 3 de octubre de 2012 se hace obligatoria la formalización de contratos entre los productores de leche de vaca, oveja y cabra con la industria láctea. Está regulado por el real decreto 1363/2012 de 28 de septiembre y publicado en BOE el día 2 de octubre de 2012.
Las consideraciones principales de este contrato que hay que tener en cuenta son las siguientes:
-No existe un contrato obligatorio oficial. Lo que se ha publicado en el BOE es un modelo que puede adaptarse a cualquier situación.
-El contrato tendrá siempre la duración de un año salvo renuncia por escrito del productor, lo cual debe estar reflejado en el propio contrato o anexado a él.
-El precio puede ser fijo y figurar en el contrato o calcularse combinando varios factores que pueden ser indicadores de mercado (existe la posibilidad de consultar estos indicadores en inlac.es).
Desde ASAJA-Jaén recomendamos a nuestros ganaderos que revisen exhaustivamente el contrato que les va a hacer llegar la industria en breve y que antes de firmarlo lo hagan llegar a la organización. Lo que queremos evitar es que la industria láctea utilice en su beneficio (instaurando bajos precios) una herramienta cuyo único fin es asegurar un precio digno para las producciones de leche, así como la retirada del producto.
Descargue el Real Decreto que regula los contratos lácteos
























