LOS GANADEROS DE ECOLÓGICO PODRÁN ALIMENTAR A LOS ANIMALES CON OTROS PRODUCTOS MIENTRAS DURE LA SEQUÍA

Ganadería Ecológica: Solicitud de autorización excepcional para alimentación no ecológica

 

Ha sido publicada en BOJA la RESOLUCIÓN de 12 de marzo de 2012, de la Secretaría General del Medio Rural y la Producción Ecológica, por la que se autoriza el aumento en el porcentaje de incorporación de alimentos no ecológicos para los sistemas ganaderos ecológicos como medida excepcional para paliar los efectos de la sequía.

 

Esta autorización se resume en los siguientes puntos:

 

1.       Se autoriza un aumento en el porcentaje de incorporación de alimentos no ecológicos para los sistemas ganaderos ecológicos, al amparo de lo dispuesto en el Reglamento 889/2008, como medida excepcional para paliar los efectos de la sequía.

2.       Se permitirá un porcentaje máximo de un 50% de alimentos no procedentes de la producción ecológica para las producciones ganaderas ecológicas de las diferentes especies de herbívoros, calculado como porcentaje de la materia seca.

3.       Las materias primas de origen agrícola no ecológico podrán utilizarse únicamente si figuran en la lista de la sección 1 del Anexo V del Reglamento (CE) 889/2008. Asimismo, no podrán contener organismos modificados genéticamente o productos derivados de ellos.

4.       Se permitirá la alimentación artificial de las colmenas utilizando miel producida ecológicamente, preferentemente de la misma unidad ecológica, azúcar ecológico o jarabe de azúcar ecológico únicamente entre la última recolección de miel y los quince días anteriores al siguiente período de afluencia de néctar y de mielada.

5.       Los ganaderos que hagan uso de esta autorización excepcional deberán guardar registro documental de los suministros de alimentos no ecológicos que utilicen, para supervisión por parte de su organismo de control.

6.       La Resolución surtirá efectos desde el 1 de marzo de 2012 hasta el 30 de noviembre de 2012, ambos inclusive.

 

Para hacer uso de esta autorización los ganaderos deberán remitir al Servicio de Certificación CAAE la solicitud correspondiente indicando: Titular de la explotación/es, DNI/CIF, código/os REGA de la/as explotación/es y especie/es ganaderas. Esta solicitud puede descargarse de nuestra página web: www.caae.es

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