(Nota informativa del Ministerio de Agricultura).
Con fecha 23 de marzo, se ha establecido la asignación definitiva de los derechos de Pago Básico a cada productor que ha solicitado su asignación en la solicitud única 2015 y que cumple con los requisitos establecidos para recibir tal asignación. Esta labor ha requerido una intensa coordinación y colaboración con todas las Comunidades Autónomas, que son las encargadas de remitir la información recibida a través de las solicitudes únicas presentadas por los beneficiarios, y el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente (MAGRAMA), que a partir de dicha información realiza los procesos de cálculo tal y como aparecen reflejados en la normativa comunitaria y nacional, lo que ha permitido obtener esta versión definitiva de los derechos de pago básico.
En cuanto a los parámetros usados para la asignación definitiva, cabe destacar que el régimen de pago básico incorpora, en base al artículo 14.1 del Real Decreto 1076/2014, el 62,61127757 % de los importes que, en la campaña 2014, cada beneficiario que ha entrado en el régimen de pago básico percibió, antes de sanciones y exclusiones pero aplicando los coeficientes de ajuste financieros, en concepto de ayuda de pago único, del 51,32% de los importes correspondientes a la prima a la vaca nodriza y a la prima complementaria a la vaca nodriza, de los importes percibidos en base al programa nacional para el fomento de rotaciones de cultivo en tierras de secano, los del fomento de la calidad del tabaco y los del
fomento de la calidad del algodón. Sobre estos importes de pago básico, se calcula el importe de pago verde, que para el beneficiario que cumpla con las prácticas establecidas en la normativa, supondrá un incremento del 51,704935% sobre el pago básico percibido.
Además, ha quedado también establecido el importe disponible en la Reserva Nacional de derechos de pago básico, que alcanza para la campaña 2015 el 2,5% del importe total disponible para el régimen de pago básico. La Reserva nacional, con estos fondos, se encuentra habilitada para realizar la asignación de derechos de pago básico a los jóvenes agricultores y a los nuevos agricultores que lo hayan solicitado y que cumplan los requisitos necesarios para recibir tal asignación. Esta Reserva Nacional también servirá para corregir las incidencias que, de forma individualizada, puedan detectarse tras esta asignación definitiva de derechos.
Finalmente, en este proceso de asignación definitiva, han quedado fijados los importes medios regionales establecidos en el artículo 15 del Real Decreto 1076/2014 que van a caracterizar a cada una de las 50 regiones que configuran el régimen de pago básico en España y hacia los que convergen los derechos que están por encima y por debajo de la media.
El importe de tales medias regionales en el año 2019 se indica a continuación.
*CR **VD
0201 84,50
0301 82,19
0401 90,92
0501 105,79
0601 127,31
0701 139,02
0801 148,21
0901 173,92
1001 194,84
1101 200,60
1201 222,21
1301 241,46
1401 265,04
1501 255,17
1601 273,57
1701 321,62
1801 335,65
1901 352,72
2001 402,55
2101 451,38
2201 507,08
2301 596,22
2401 1.430,66
0102 114,89
0202 93,79
0302 107,00
0402 110,64
0502 125,97
0602 137,49
0702 137,64
0802 166,91
0902 207,62
1002 198,18
1202 242,35
1302 250,67
1702 307,48
1802 309,33
1902 338,31
2002 410,32
2102 503,81
0103 60,39
0203 81,03
0303 79,79
0503 115,87
0603 120,59
0703 142,74
0803 162,47
1103 232,01
1303 179,52
*CD: Código Región (primera columna)
**VD: Valor de Derechos de Pago Básico en 2019 (Segunda columna)
Por último, recordar que en la consulta pública de derechos de pago básico podrán conocer su asignación definitiva todos los beneficiarios que han solicitado derechos de pago básico en la asignación inicial, quedando ya incluidas las alegaciones relativas a las transferencias de explotación ocurridas durante la campaña 2015.
Sin embargo, en este momento no se encuentran todavía incluidos en la consulta pública los importes de los solicitantes de asignación de derechos de pago básico con cargo a la Reserva Nacional, que tendrán que esperar a conocer dicha asignación a que se realice la resolución aprobatoria y denegatoria de los derechos de pago básico con cargo a la Reserva, lo que se producirá en los próximos días. Una vez efectuada dicha resolución se podrá consultar también esta asignación en
la página web del FEGA.
Consulte aquí la orden publicada en el BOJA sobre la asignación definitiva de derechos