NUEVA NORMATIVA SOBRE EL CARNÉ DE MANIPULADOR DE PRODUCTOS FITOSANITARIOS

 Con fecha 20 de junio de 2012, fue publicado en el BOJA núm. 120 de 12 de junio de 2012, por la que modifica la de 3 de abril de 2008, de de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente de de Andalucía, por la que se desarrolla el Decreto 161/2007, de 5 de junio, por el que se establece la regulación de la expedición del carné para las actividades relacionadas con la utilización de productos fitosanitarios y biocidas.

 Esta nueva Orden modifica a la anterior de 3 de abril de 2008 y establece los siguientes cambios:     

 

Para solicitar el correspondiente carné, uno de los documentos necesarios es el Diploma que acredite la realización y superación del correspondiente examen. Este Diploma, no será válido después de un año desde su notificación.

 

Los Diplomas sólo serán válidos cuando se acredite que las materias impartidas durante el curso del nivel correspondiente se ajustan al programa establecido en PRE/2922/2005, de 19 de septiembre. Las personas interesadas que estén en posesión de diploma oficial de cursos, niveles básico o cualificado, cuyos contenidos formativos sean anteriores a la fecha de la entrada en vigor de dicha Orden, podrán solicitar en un Centro IFAPA el material didáctico actualizado y la realización de un nuevo examen. Ojo, actualmente, el examen será de todo el curso, no solo de los nuevos temas introducidos en la nueva orden que son de Prevención de riesgos laborales y Trazabilidad.

 

del carné podrá ser solicitada en modelo oficial de esta Orden, dentro de los últimos DOS meses de su periodo de vigencia, ante la correspondiente Delegación Provincial con competencias en materia de agricultura.

 

La solicitud deberá ir acompañada de un Certificado médico, una fotografía reciente en color, fotocopia del carné de identidad, así como el justificante de pago de las tasas.

 

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