AYUDAS A INVERSIONES NO PRODUCTIVAS EN EXPLOTACIONES AGRÍCOLAS Y GANADERAS

El programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2007-2013 (PDR), aprobado el 20/02/2008, incorporó la medida 216 que ha sido desarrollada mediante la Orden 9/06/2009, por la cual se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para las inversiones no productivas en parcelas agrícolas y ganaderas y de fomento del bienestar animal en explotaciones ganaderas (BOJA Nº 119 de 22 de junio). Esta Orden ha sido modificada por la Orden de 26 de octubre de 2010 que efectuaba la convocatoria para el pasado año 2.010 (BOJA Nº 216, de 5 de noviembre).
 
El plazo de presentación de solicitudes estuvo comprendido entre el 6 de noviembre y el 7 de diciembre de 2.010 y podían solicitar esta ayuda todos aquellos titulares de explotaciones agrarias ubicadas en Andalucía siendo auxiliables las siguientes actuaciones que cumplían los siguientes requisitos:
 
ACTUACIONES SUBVENCIONABLES
REQUISITOS
Reparación de cárcavas
Reparación mediante diques de contención
Dimensiones cárcava: En algún punto más de 60 cm. de ancho y 40 cm. de profundidad con pendiente igual o superior al 8%.
Instalación o reparación de muros de contención
Dimensión mínima: 45 cm. de anchura en la base; 40 cm. de altura
Establecimiento de setos de vegetación para control de la erosión
Disposición perpendicular a la línea de máxima pendiente de dos líneas de plantación (una de arbustos y otra de arbustos y arboles mezclados) separadas entre sí 1.5 metros máximo con una distancia entre plantas de 1 mt. entre arbusto y arbusto y 2 mt. entre arbusto y árbol.
La distancia máxima entre setos será de 50 o 100 mts. según pendiente.
Establecimiento de setos de vegetación para diversificación del paisaje y fomento de la biodiversidad
Hileras de arbustos o árboles separados 2 mts. entre arbusto y arbusto y 12 mts. entre arboles.
Establecimiento de bosques isla
Terreno no cultivados o de tierra arable con una superficie min. 150 m2 y max. 1.500 m2. La densidad mínima de plantación será de 1 planta/15 m2 con una relación entre árboles y arbustos de 1 a 5.
 
En ganadería extensiva (censo superior a 15 UGM):
 
ACTUACIONES SUBVENCIONABLES
REQUISITOS
Construcción de charcas artificiales
Superficie mínima de 100 m2
Adquisición de comederos y bebederos para el ganado
 
Adquisición e instalación de estructuras permanentes para manejo del ganado
Afianzadas al terreno con postes anclados o cimentados
Adquisición e instalación de depósitos de agua
Capacidad máxima por depósito de 50.000 litros.
 
La cuantía máxima de la ayuda es del 80% del presupuesto de ejecución aprobado ya sea con medios externos o propios (aconsejábamos lo segundo), sin que se pueda rebasar el valor de 30.000 euros por beneficiario y año.
 
Las actuaciones objeto de ayuda únicamente se podrán iniciar cuando, tras la presentación de la solicitud de ayuda, la Delegación Provincial compruebe sobre el terreno que no se han iniciado las inversiones y levante la correspondiente ACTA DE NO INICIO DE INVERSIONES. He aquí donde, una vez más, nos topamos con la desidia incompetente de la administración Griñán ya que se están negando a realizar si quiera las inspecciones de campo preceptivas para levantar la antes referida Acta de no Inicio en la excusa de una supuesta carencia de medios materiales y personales, irresponsabilidad esta que está suponiendo que:
 
  • Los agricultores no puedan realizar siquiera las actuaciones más perentorias, por ejemplo el arreglo de las cárcavas que el temporal invernal está provocando, porque desde el Departamento de Medidas de Acompañamiento no apremian a su Dirección General correspondiente de la Consejería en Sevilla para que se priorize la necesidad de al menos realizar dichas visitas y así los agricultores puedan combatir los efectos de la erosión ahora y no cuando a la señora Consejera le venga en gana, elecciones locales de mayo, cuando dichos efectos posiblemente se hayan agravado exponencialmente.
  • Según la reglamentación comunitaria, nacional y autonómica es un objetivo prioritario y políticamente difundido a modo de bandera verde conservacionista, todas las actuaciones que supongan luchar contra los efectos de la erosión de los suelos agrícolas, algo que entra en plena fragrante contradicción con la aptitud de la Consejería de Agricultura al hacer dejación de funciones con una línea de ayudas que precisamente ha sido mayoritariamente solicitada por los agricultores andaluces para arreglar las cárcavas y combatir así los efectos de la erosión hídrica en sus cultivos.
  • El no dignarse si quiera, no ya a resolver por una vez los expedientes de ayuda en el plazo de seis meses contemplado en la normativa autonómica reguladora de aplicación, sino en al menos dar la posibilidad a los agricultores a que puedan comenzar bajo su responsabilidad las actuaciones sin que ello suponga la pérdida de la ayuda; motivará por ejemplo que ciertas actuaciones que se puedan ejecutar ahora no puedan ejecutarse hasta que al Excelentísimo Señor Griñán le interese política y/o electoralmente. Sirva de ejemplo aquellas medidas promovidas para
–         la implantación de setos de vegetación donde muchos árboles no se plantarán hasta el próximo otoño porque los viveristas no están dispuestos a retener por más tiempo los pedidos y se quedarán sin existencias,
–         el arreglo de las cárcavas que seguirán erosionándose y aumentando sus devastadores efectos hasta que, como mínimo, a la Dirección General de Fondos Agrarios le dé por mandar sus técnicos a campo,
–         la construcción de muros de contención, etc. etc……
 
 
Prueba todo este compendio de despropósitos la absoluta incongruencia, arbitrariedad, falta de criterio, ambigüedad, descoordinación y despotismo incoherente en el que deambula esa Dirección General competente en la materia.
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