¿Qué carné hace falta para llevar un tractor?

tractores destacadaDebido al gran número de desplazamientos de tractores con remolques que se producen en cada campaña de recolección, informamos que para poder conducir un conjunto de tractor más remolque de cualquier masa y dimensiones sólo es necesario estar en posesión de la Licencia de Vehículos Agrícolas (LCV) o el premiso de conducir tipo B, es decir, el de coche, siempre y cuando su catalogación sea la de Vehículos Especiales Agrícolas.
Recordamos que el organismo competente en materia de circulación y seguridad vial es la Dirección General de Tráfico (DGT), siendo además el único organismo que puede expedir los correspondientes premisos y licencias de conducción.
Ésta y otras cuestiones relacionadas se pueden consultar en el siguiente documento, que es una consulta vinculante efectuada desde ASAJA-Jaén a Tráfico y respondida convenientemente por dicho organismo.

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