Ampliación del plazo de presentación de modificaciones al Registro de Producción Integrada de Andalucía

INSTRUCCION DE LA DIRECCION GENERAL DE LA PRODUCCION AGRICOLA Y GANADERA POR LA QUE SE AMPLIA EL PLAZO DE PRESENTACION DE MODIFICACIONES AL REGISTRO DE PRODUCCION INTEGRADA DE ANDALUCIA. La Orden de 13 de diciembre de 2004, de desarrollo del Decreto 245/2003, de 2 de septiembre por el que se regula la producción integrada y su indicación en productos agrarios y sus transformados, regula las condiciones y trámites para la inscripción y modificación de datos de los operadores en el Registro de Producción Integrada de Andalucía, requisito éste previo para poder optar a la certificación necesaria para comercializar los productos obtenidos bajo el distintivo de Producción Integrada de Andalucía.

En el artículo 10 de dicha Orden, sobre las anotaciones y cancelaciones registrales en el Registro, se establece el procedimiento para la resolución de las solicitudes de modificación presentadas por los operadores. En el manual de procedimiento para la gestión del Registro de Producción Integrada de Andalucía de 1 de marzo de 2018 de esta misma Dirección General, se establece en su Anexo IV la fecha límite de presentación de la declaración anual de modificación de datos al Registro por parte de los operadores de producción integrada. Concretamente, para los cultivos de algodón, alfalfa, almendro, arroz, caquis, cítricos, frutales de hueso, frutales de pepita, hortícolas protegidos (campaña de otoño), lechuga al aire libre (campaña de verano), leguminosas grano, oleaginosas, olivar, tomate para transformación industrial y vid, la fecha límite establecida para ello es el 31 de mayo de cada año. Para la presente campaña 202 2, debido a la publicación de la Resolución de 22 de abril de 2022 de la Dirección General de Ayudas Directas y de Mercados, por la que se amplía en Andalucía dicho plazo hasta el 15 de mayo de 2022, se está produciendo un retraso considerable en la configuración definitiva de los cultivos en las explotaciones por parte de los agricultores, lo que propicia una dificultad a la hora de presentar las declaraciones de modificación al Registro de Producción Integrada a fecha de 31 de mayo por los operadores. Dado que el Registro de producción integrada de Andalucía sirve, en muchos casos, como base para el cálculo de las ayudas agroambientales de la solicitud única, puede tener repercusiones negativas la existencia de discrepancias entre unos y otros datos y, atendiendo asimismo a la petición por parte de las organizaciones profesionales agrarias, se amplía para la campaña 202 2, y para aquellos cultivos relacionados en el párrafo segundo, el plazo de presentación de las declaraciones de modificación al Registro de Producción Integrada de Andalucía hasta el 15 de junio de 2022.

Instrucción de la Dirección General de la Producción Agrícola y Ganadera.

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