El pasado 16 de junio el gobierno andaluz alcanzó un acuerdo para reformar el Impuesto de Sucesiones y Donaciones, mejorando un poco la repercusión que hoy en día tiene el mismo en las familias andaluzas y, sobre todo, en las clases medias, que son als que realmente se ven perjudicadas. La nueva norma ha sido publicada en el BOJA del 1 de agosto de 2016. Las novedades más significativas al respecto son:
1.A partir del 1 de enero de 2017 se eleva desde 175.000 euros a 250.000 euros el mínimo exento por heredero, es decir, si un individuo no hereda más de 250.000 euros, no resultará nada a pagar en el Impuesto de Sucesiones.
2.Para bases imponibles entre 250.000 y 350.000 euros, se crea una reducción nueva de 200.000 euros. Esto significa que si el heredero pecibe un importe de 290.000 euros, por ejemplo, pagaría sólo impuestos por lo que excede de 200.000 euros, es decir, por los 90.000 euros.
3.En el caso de la vivienda habitual, que hasta la fecha tiene una reducción del 95% ó 99%, en función de si el hereedero ha convivido o no con el causante en los dos años anteriores al fallecimiento, varía la reducción en función de su valor, estableciendo hasta 6 porcentajes distintos de reducción y alcanzando hasta el 100% de reducción para viviendas valoradas en menos de 122.606,47 euros.
4.Para las explotaciones agrícolas con reducción del 99% hasta la fecha, que contaban con el requisito de ser una actividad desarrollada de ofrma habitual, personal y directa por el causante, así como su principal fuente de renta, se propone eliminar alguno de estos dos requisitos, permitiendo la reducción para todos los hereederos de explotaciones agrícolas.
Las medidas de los puntos 3 y 4 entraron en vigor el 2 de agosto.
En opinión de ASAJA, consideramos que este impuesto ha sido y va a ser mejorado cuando entren en vigor todas sus modificaciones. Aun así, desde nuestra organización lo que demandamos no es la mejora del mismo, sino la eliminación total, ya que consideramos que se trata de una doble imposición fiscal.
En opo
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