USO DEL FUEGO: COMIENZA LA ÉPOCA DE PELIGRO BAJO DE INCENDIOS

El 1 de noviembre comenzó la época de peligro bajo de incendios.
-En las zonas forestales o de influencia forestal se seguirán solicitando las autorizaciones pertinentes para el uso del fuego.
-Aquellas zonas que no sean forestales ni de influencia forestal, no necesitarán ni autorizaciones ni comunicaciones para el uso del fuego.
 
Según el Plan de Emergencia por Incendios Forestales que modificó el Reglamento de Prevención y Lucha contra los Incendios, del 1 de noviembre al 30 de abril se considera época de peligro bajo. El uso del fuego queda, por tanto, de esta manera:
-En las zonas forestales o de influencia forestal (fajas de terreno de 400 metros de anchura linderas a terrenos forestales, e incluimos a vegetación de rivera de los ríos y arroyos de la campiña), se seguirán solicitando las autorizaciones pertinentes para hacer uso del fuego. Se solicitarán en la Delegación Provincial de Medio Ambiente.
-En zonas agrícolas, independientemente del municipio en el que se encuentren, ya no hará falta solicitar ni autorización ni comunicación de las quemas.
 
Como siempre, recordamos que se debe respetar la Condicionalidad de la PAC, a efectos del correcto manejo del fuego. Sigue estando prohibido, por tanto, quemar rastrojos de cereales (excepto maíz, sorgo y arroz), leguminosas y proteaginosas.
-Si tiene solicitada alguna ayuda, el uso del fuego tiene más restricciones aún. Infórmese en ASAJA.
 
ORDEN de 4 de FEBRERO de 2009 y RESOLUCIÓN de 25 de JUNIO de 2012. Actividades relacionadas con las gestión sostenible del Medio Natural Andaluz.
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