El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación ha publicado un segundo listado provisional con 2.302 titulares de explotaciones agrícolas productores de tierra de cultivo de secano, arroz y tomate de industria, que podrán recibir la ayuda extraordinaria para compensar las dificultades debidas a la sequía y a las consecuencias de la guerra en Ucrania, por un importe máximo estimado de 4,9 millones de euros. El importe abonado hasta el momento por el Gobierno se eleva a 264 millones de euros, de los que se han beneficiado 135.137 agricultores. Esta ayuda de Estado fue aprobada mediante el Real Decreto-ley 4/2023, de 11 de mayo. El listado de potenciales beneficiarios publicado ahora completa el de la resolución provisional del mes de febrero de 2024, una vez que las comunidades autónomas han terminado sus controles de la Política Agraria Común (PAC) correspondiente a la campaña 2023 y que han comunicado de oficio al Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA) aquellos titulares que, no habiendo podido aparecer en la resolución de febrero, ahora cumplen con los requisitos de la ayuda establecidos. La relación provisional de titulares de explotaciones agrícolas que pueden optar a las ayudas, junto con el número de hectáreas elegibles de tierras de cultivo de secano, de arroz y de tomate para industria y la cuantía de la ayuda a percibir se puede consultar en el tablón de anuncios de la sede electrónica del FEGA.
La distribución estimada por comunidades autónomas es la siguiente:
Comunidad Autónoma | Nº titulares estimados | Importe máximo estimado (€) |
Andalucía | 490 | 844.320 |
Aragón | 279 | 554.760 |
Islas Baleares | 56 | 40.729 |
Castilla-La Mancha | 637 | 1.829.780 |
Castilla y León | 47 | 119.487 |
Cataluña | 18 | 26.527 |
Extremadura | 384 | 750.279 |
Madrid | 52 | 193.363 |
Murcia | 135 | 230.763 |
Navarra | 47 | 142.738 |
País Vasco | 3 | 2.517 |
La Rioja | 47 | 51.351 |
C. Valenciana | 107 | 126.531 |
TOTAL | 2.302 | 4.913.145 |
Nota: las ayudas se asignan a la CA en la que se gestiona la solicitud única de la PAC 2023.
Los interesados disponen de un plazo de 10 días hábiles (desde el 5 de julio al 18 de julio, inclusive) para realizar alegaciones de rechazo de la ayuda, oposición a la consulta de sus obligaciones fiscales y con la Seguridad Social (que tendrá el mismo efecto que el rechazo de la ayuda), o los errores, omisiones u otras circunstancias que estimen convenientes. Las alegaciones deberán presentarse exclusivamente a través de formulario en la sede electrónica del FEGA.
Hay disponible más información sobre esta ayuda extraordinaria en este enlace.