La CHG abre hasta el 30 de abril para solicitar riegos extraordinarios y de apoyo

Con objeto de recabar información para agilizar la resolución de las autorizaciones de riegos extraordinarios se procede a abrir un período desde el 30 de marzo hasta el 30 de abril de 2021 (ambos inclusive) para solicitar riego extraordinario y de apoyo para la campaña 2020/2021. La resolución de las solicitudes recibidas estará supeditada al acuerdo que se lleve a cabo en el pleno de la Comisión de Desembalse de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir. Las solicitudes y su tramitación deberán cumplir los siguientes requisitos y condiciones:

-Que el solicitante haya sido beneficiario de riego extraordinario o de apoyo en alguna de las tres últimas campañas (2017/2018, 2018/2019 o 2019/2020), siendo suficiente el haber sido beneficiario en una de ellas.

-Que la solicitud se refiera, en el caso de riegos de apoyo a superficies que cuenten con concesión de aguas invernales, y en el caso de riegos extraordinarios a un aprovechamiento con un expediente en tramitación que ya cuente con pronunciamiento favorable de la Oficina de Planificación Hidrológica de este Organismo o que pueda acogerse a alguna reserva establecida en el Plan Hidrológico de acuerdo con el artículo 55.3 del Texto Refundido de la Ley de Aguas.

-Tanto los solicitantes como las parcelas catastrales para las que se solicita el riego deben coincidir con las solicitadas en años anteriores. En ningún caso ni la superficie ni el volumen solicitado podrá superar los que fueron autorizados para cada peticionario en la campaña anterior.

-La presentación de la solicitud en ningún caso supondrá derecho al riego, quedando supeditadas a lo que se decida al respecto el Pleno de la Comisión de Desembalse y a la preceptiva autorización del Organismo de Cuenca.

-En cualquier caso, las autorizaciones que se puedan conceder estarán condicionadas en todo momento al mantenimiento de los caudales mínimos medioambientales establecidos en el Plan Hidrológico de la Demarcación.

Las solicitudes estarán disponibles en la web de la CHG a partir del 30 de marzo a través de este enlace: https://www.chguadalquivir.es/reg-webapp/solicitud-1.action

 

Junto a la solicitud deberán aportar:

  • Poder de representación referido a riegos extraordinarios y de apoyo del año 2021
  • Acta de la asamblea de la comunidad en la que aprueben los cargos de la misma.
  • Certificado del Secretario de la Comunidad que avale la vigencia de los cargos.

Plano parcelario catastral en el que se delimite la superficie de riego (preferentemente en formato digital con extensión con extensión .SHP) y el fichero Excel correctamente cumplimentado que se podrá adjuntar directamente por Registro Electrónico o adjuntando un CD o memoria de almacenamiento. En caso de que el Registro Electrónico no admitiera el formato .shp se podrán remitir los planos a través de la dirección de correo electrónico: rextraordinarios@chguadalquivir.es.

En el caso de que la superficie sea mayor de 30 Has es obligatorio la aportación en formato digital que se podrá adjuntar directamente a la solicitud, tanto a través del Registro Electrónico Común de la AGE (https://rec.redsara.es) como de las oficinas de Registro de la CHG (en formato CD/DVD). La información que debe contener la cartografía y el fichero Excel correctamente cumplimentado (preferentemente obtenida del SigPac 2021) es la siguiente:

  1. Nombre del Peticionario
  2. Código municipio
  3. Código término municipal
  4. Polígono
  5. Parcela
  6. Cultivo
  7. Superficie
  8. Código INE municipio
  9. Código INE término municipal

NOTA: Para facilitar la tramitación de la solicitud, aquellas personas con más de una parcela, solo han de indicar una parcela y rellenar un fichero excel que se aportará directamente por Registro Electrónico o adjuntando un CD/DVD.

 

Sistema de Notificación

Con el fin de agilizar la tramitación, se recomienda que solicitudes sean presentadas por registro electrónico, al que podrá acceder a través de la web de la CHG.

Igualmente, la comunicación de las resoluciones se hará preferentemente por vía electrónica a través de la Carpeta Ciudadana, por lo que se deberá especificar en la solicitud un correo electrónico a efectos de notificaciones. En caso de ser un representante quien aportó la solicitud, deberá haberse aportado el poder de representación para poder recibir en su correo el aviso de notificación.

En dicho correo electrónico se le indicará que debe entrar en la Carpeta Ciudadana para recibir la notificación en la siguiente dirección web:

https://sede.administracion.gob.es/carpeta/clave.htm

El acceso a la carpeta ciudadana requiere que el interesado se identifique mediante el sistema de autenticación de cl@ve a través de: certificado digital o DNI electrónico, clave pin o clave permanente.

Para usar el sistema cl@ve, únicamente se necesita haber obtenido previamente la credencial electrónica correspondiente. Para ello hay que registrarse en el sistema, bien de forma presencial, en alguna de las oficinas de registro adheridas a él, o bien por internet, utilizando un certificado electrónico reconocido (certificado o DNI electrónico). Toda la información al respecto se puede obtener en la siguiente dirección web:

https://clave.gob.es/clave_Home/registro/Como-puedo-registrarme.html

Si no ha tramitado aún la solicitud, nos encontramos a su disposición (Preguntar por Cristóbal, Juan Manuel o Francisco). Asimismo, le informamos de que la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir ha facilitado un teléfono de atención 955 63 75 02 y un correo electrónico- rextraordinarios@chguadalquivir.es para cualquier duda que surja en la cumplimentación del formulario. Si ya la ha tramitado, le pedimos que nos envíe una copia sellada de la misma para poder verificar su correcta tramitación.

Compartir en

Enviar un Comentario