Novedades en la matriculación de remolques agrícolas y máquinas remolcadas

A partir del 1 de enero de 2019 se aplicarán nuevos requisitos de homologación, conforme al Reglamento Europeo 167/2013, que son aplicables a remolques agrícolas y máquinas remolcadas en España de más de 750 kilos. Por esto se recomienda que los remolques y máquinas remolcadas que en la actualidad no estén matriculadas y vayan a circular por vías públicas, se matriculen antes del 31 de diciembre de 2018.

Posteriormente a esa fecha, o se adaptan a los nuevos requisitos de homologación (previo pago de inversión y, en algunos caos, imposible) o no se podrán matricular.

Lo expuesto implica que, sin matricular, no podrán circular por vías públicas, aunque sí podrán inscribirse en el Registro Oficial de Maquinaria Agrícola (ROMA)

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