NUEVA CONVOCATORIA PARA AYUDAS EN TERRENOS FORESTALES

ASAJA

ORDEN DE 16 DE MARZO DE 2012, POR LA QUE SE ESTABLECEN LAS BASES REGULAREDORAS DE LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES PARA LA GESTIÓN SOSTENIBLE DEL MEDIO NATURAL EN EL ÁMBITO DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA Y SE EFECTUA LA CONVOCATORIA PARA EL AÑO 2012.

 

PLAZO DE PRESENTACIÓN: Del 2 de abril de 2012 al 15 de junio de 2012 ambos inclusive.

 

ACCIONES SUBVENCIONABLES

Medida 122 del Eje 1 del Plan de Desarrollo Rural de Andalucía (PDR) “Aumento del valor económico de los bosques”.

Subvención: hasta un 50 % de la inversión máxima. Un 10 % más cuando se trate de zonas de montaña, zonas con dificultades distintas de las de montaña, áreas Natura 2000 y áreas con aplicación de la Directiva 2000/60/CE.

–         Elaboración de Planes Técnicos o Proyectos de Ordenación de Montes.

–         Revisión ordinaria de Planes Técnicos y Proyectos de Ordenación de Montes.

–         Revisión extraordinaria de Planes Técnicos y Proyectos de Ordenación de Montes.

–         Implantación de la Certificación Forestal.

–         Mantenimiento de la Certificación Forestal.

–         Compra de maquinaria para aprovechamientos forestales: máquina de rayado para el descorche, vibradoras para pino piñonero, astilladoras y empacadoras de residuos forestales.

–         Podas de mantenimiento y selección de brotes en castaño.

 

Medida 223 del Eje 2 del Plan de Desarrollo Rural de Andalucía (PDR) “Primera forestación de tierras no agrícolas”.

Subvención: hasta un 70 % de la inversión máxima. Un 10 % más cuando se trate de zonas de montaña, zonas con dificultades distintas de las de montaña, áreas Natura 2000 y áreas con aplicación de la Directiva 2000/60/CE.

–         Forestaciones en tierras no agrícolas con preparación mecanizada o con preparación manual.

 

Medida 226 del Eje 2 del Plan de Desarrollo Rural de Andalucía (PDR) “Ayudas a la recuperación del potencial forestal e implantación de medidas preventivas”.

Subvención: hasta un 100 % de la inversión máxima.

–         Reforestación.

–         Densificación de dehesas.

–         Protección de la regeneración individual, con jaulas y tubos protectores.

–         Protección de la regeneración colectiva (cerramientos perimetrales)

–         Mantenimiento de las repoblaciones ya establecidas de menos de 5 años:

–   Binas, escardas y aporcados.

–  Reposición de marras.

–  Riego estival.

–         Mantenimiento de la protección para repoblaciones no subvencionadas con cargo a la Orden de 25 de febrero de 2008 de Gestión Forestal Sostenible.

–         Poda de formación.

–         Poda sanitaria.

–         Desbroces mecanizados con remoción de suelo.

–         Desbroces mecanizados sin remoción de suelo.

–         Desbroces manuales.

–         Ruedos y veredas.

–         Clareos y claras.

–         Cortas de policía o sanitarias.

–         Resalveos.

–         Tratamientos preventivos contra plagas y enfermedades contra insectos defoliadores y perforadores y la seca de quercíneas mediante la instalación de nidales, tratamientos manuales mediante pulverizador con mochila, eliminación de pilas cebo y encalados.

–         Mantenimiento o mejora de vías utilizadas para el aprovechamiento forestal, gestión, cuidado y defensa del monte:

–  Refino y planeo del firme.

–  Limpieza de cunetas.

–  Arreglo pasos de agua.

–  Escarificado y refinado.

–  Compactado y riego.

–  Construcción sub-base material granular.

–  Apertura de cunetas.

–  Instalación de pasos de agua.

–  Instalación de losetas.

–  Construcción de gaviones.

–  Construcción de escolleras.

 

Medida 227 del Eje 2 del Plan de Desarrollo Rural de Andalucía (PDR) “Ayudas a inversiones no productivas”.

Subvención: hasta un 100 % de la inversión máxima.

–         Restauración de zonas húmedas.

–         Rehabilitación de infraestructuras rurales tradicionales no habitables.

–         Reconstrucción o rehabilitación de valla y muros de piedra.

–         De carácter higiénico para especies silvestres y sus hábitat e infraestructuras de manejo.

–         Construcción de balsas y charcas de menos de 300 m3 para la fauna silvestre y su protección.

–         Adecuación de balsas y charcas para su conexión a abrevaderos o bebederos para la fauna silvestre y su protección.

–         Siembra de herbáceas para la alimentación de la fauna silvestre.

–         Balizamiento de cercados en el ámbito del Plan de recuperación de especies esteparias.

–         Construcción de majanos y entaramados.

–         Todas aquellas destinadas a la mejora de especies amenazadas y sus hábitat, incluidas en el desarrollo de Planes de Recuperación y Conservación.

–         Programas de conservación y gestión de la biodiversidad de entidades de custodia del territorio, Reservas Naturales Concertadas o Reservas ecológicas.

–         Elaboración de Planes Técnicos para la creación de Reservas Ecológicas y Planes Técnicos de aprovechamientos micológicos.

–         Tratamientos encaminados a mejorar la heterogeneidad de los hábitat micológicos.

–         Conservación y uso sostenible de árboles y arboledas singulares.

–         Acciones de mejora y fomento de bosques de ribera, herrizas y bosques isla.

–         Creación de setos.

 

CUANTÍA DE LAS SUBVENCIONES

–         El importe total de la inversión subvencionables solicitada no podrá ser inferior a 3.000 €.

–         El importe máximo de inversión subvencionable que se podrá solicitar será de 820 €/ha de finca.

–         Máximo por finca: 250.000 €.

–         Máximo para sociedades de cazadores: 25.000 €.



 

JUSTIFICACIÓN DE LA SUBVENCIÓN

Trabajos realizados por empresas

–         Los gastos se acreditarán mediante facturas.

–         Los pagos a empresas podrán acreditarse mediante transferencias bancarias (copia del resguardo del cargo de la misma) o copias de cheques firmados, pagaré (la fecha de vencimiento del pagaré debe ser anterior a la fecha del cumplimiento de las condiciones establecidas en la justificación y debe haberse pagado efectivamente), pagos en metálico (coste no superior a 1.000 €), documentos garantizados por una entidad financiera o compañía de seguros.

–         Podrá considerarse efectivamente pagado el gasto, a efectos de su consideración como subvencionable, con la cesión de derecho de cobro de la subvención a favor de los acreedores por razón del gasto realizado o con la entrega a los mismos de un efecto mercantil, garantizado por una entidad financiera o compañía de seguros.

Trabajos realizados por contratación de personal

–         Copias auténticas o autenticadas de las nóminas firmadas por el trabajador.

–         TC1 y TC2 sellados.

–         Transferencia bancaria realizada al trabajador.

–         Transferencia bancaria realizada a la Seguridad Social

–         Transferencia bancaria realizada a Hacienda (IRPF).

Trabajos realizados por medios propios

–         Trabajos realizados con mano de obra propia: entendiendo como tal la de la persona titular y la de los miembros mayores de edad de unidad familiar (ascendentes y descendientes hasta 2º grado de afinidad) incluidos en cualquiera de los regímenes de la Seguridad Social.

–         Trabajos realizados con maquinaria propia: será necesario presentar copia auténtica o autenticada del recibo del pago del impuesto de circulación del último periodo impositivo. En caso de que el vehículo esté exento de dicho impuesto de circulación, copia auténtica o autenticada de la propiedad del vehículo y documentación acreditativa de dicha exención.

 

TRAMITACIÓN Y GESTIÓN DE EXPEDIENTES

Asaja Jaén cuenta con la colaboración de la empresa especializada IRM, que con interesantes descuentos para los socios de ASAJA realiza la tramitación y gestión integral de las ayudas que incluye:

–         Presentación de solicitudes mediante el diseño de actuaciones de acuerdo con las características y condicionado de la Orden de ayudas.

–         Seguimiento y gestión de expedientes hasta resolución.

–         Cartografía.

–         Subsanación de solicitudes.

–         Alegaciones.

–         Dirección de Obra.

–         Certificaciones de Obra y Proyectos Técnicos.

 

ORDEN DE 4 de FEBRERO de 2009 Y RESOLUCIÓN de 25 de JUNIO de 2012. Actividades Relacionadas con la gestión sostenible del Medio Natural Andaluz.

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