Desde ASAJA-Jaén os informamos que se ha abierto el plazo para solicitar riego extraordinario y de apoyo para la campaña 2021-22, debiendo cumplir las solicitudes y su tramitación los siguientes requisitos y condiciones:
- Que el solicitante haya sido beneficiario de riego extraordinario en alguna de las tres últimas campañas (2018/2019, 2019/2020 o 2020/2021), siendo suficiente el haber sido beneficiario en una de ellas.
- Que la solicitud se refiera: En el caso de riegos extraordinarios a un aprovechamiento con un expediente en tramitación que ya cuente con pronunciamiento favorable de la Oficina de Planificación Hidrológica de este Organismo o que pueda acogerse a alguna reserva establecida en el Plan Hidrológico de acuerdo con el artículo 55.3 del Texto Refundido de la Ley de Aguas.
- Tanto los solicitantes como las parcelas catastrales para las que se solicita el riego deben coincidir con las solicitadas en años anteriores. En ningún caso ni la superficie ni el volumen solicitado podrá superar los que fueron autorizados para cada peticionario en la campaña anterior.
- La presentación de la solicitud en ningún caso supondrá derecho al riego, quedando supeditadas a lo que se decida al respecto el Pleno de la Comisión de Desembalse y a la preceptiva autorización del Organismo de Cuenca.
- En cualquier caso, las autorizaciones que se puedan conceder estarán condicionadas en todo momento al mantenimiento de los caudales mínimos medioambientales establecidos en el Plan Hidrológico de la Demarcación.
Como todos los años, todos los solicitantes tendrán que aportar fotografía del contador volumétrico en la que se puedan leer los m³ medidos en dicha fecha (la fotografía deben incluir prensa del día), y el fichero Excel correctamente cumplimentado.
Junto a la solicitud deberán aportar poder de representación referido a riegos extraordinarios y de apoyo del año 2022, acta de la asamblea de la comunidad en la que aprueben los cargos de la misma, certificado del Secretario de la Comunidad que avale la vigencia de los cargos, plano parcelario catastral en el que se delimite la superficie de riego (preferentemente en formato digital con extensión con extensión .SHP) y el fichero Excel correctamente cumplimentado que se podrá adjuntar directamente por Registro Electrónico o adjuntando un CD o memoria de almacenamiento.
https://www.chguadalquivir.es/reg-webapp/solicitud-1.action
Todo lo anterior estará a expensas del planteamiento y propuestas que se traten en la Comisión de Desembalse del día 11 de mayo por lo que entendemos que hay que partir de que las previsiones de 1.000 m3 por Ha y regante pueden verse modificadas ya que «ha mejorado algo» la situación.
Adjuntamos la convocatoria y el anuncio
Nuestro departamento jurídico está a disposición de nuestros asociados para solventar cualquier tipo de duda que puedan tener al respecto.