Penas más duras para los que quemen el monte

efectivos trabajan en la extinción de un incendio forestalEl Congreso de los Diputados ha aprobado la modificación del Código Penal, que endurece las penas en casos de incendios forestales de especial gravedad. Para provincias como Jaén, resulta especialmente relevante que se haya elevado la pena para incendios en espacios naturales protegidos, ya que la provincia cuenta con cuatro parques naturales.

El nuevo código mantiene las penas de prisión de uno a cinco años y multa de 12 a 18 meses para “los que incendiaren montes o masas forestales”. Sin embargo, se establece un tipo agravado con penas de entre 3 y 6 años de cárcel y multa de 18 a 24 meses “cuando el incendio alcance especial gravedad”, cuando “el autor actúe para obtener un beneficio económico, o si los efectos del fuego son especialmente graves: si afecta a una gran superficie forestal, provoca efectos como una elevada erosión del suelo, si perjudica de forma importante el ecosistema, si está cerca de zonas habitadas, o si se ha provocado en momentos de condiciones meteorológicas que aumenten el riesgo de propagación de las llamas. También entra en el tipo agravado el incendio en espacios naturales protegidos.

Además, la nueva legislación saca los delitos de incendio de la Ley del Jurado, por lo que serán enjuciados por jueces profesionales.

Las nuevas leyes penales, que entrarán en vigor el 1 de julio próximo, también endurecen los castigos por robos en el campo, una reivindicación de Asaja-Jaén que ha sido recogida por los legisladores.

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