Prórroga de las autorizaciones de quemas agrícolas en zona de influencia forestal

La Consejería de Agricultura ha publicado en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de ayer la resolución por la que se prorrogan las autorizaciones para empleo del fuego en actividades agrarias en zonas de influencia forestal, cuya competencia viene determinada en el decreto 247/2001 de 13 de noviembre, debido al estado actual de riesgo inminente y extraordinario para la salud pública a consecuencia del coronavirus. Eso sí, hay que comunicarlas y para ello los interesados tienen que dirigirse al guarda de su zona o a la oficina de Asaja más cercana.

En concreto, la resolución establece prorrogar de forma excepcional las autorizaciones concedidas, durante la campaña 2020-2021, para empleo del fuego en actividades agrarias en zona de Influencia Forestal (artículo 17 y 18 del Decreto 247/2001, de 13 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Prevención y Lucha contra los Incendios Forestales), para el período comprendido entre el 1 de noviembre de 2020 a 30 de abril de 2021 (ambos inclusive). Exceptuando de esta prórroga las autorizaciones concedidas para los términos municipales de Villanueva del Arzobispo, Villacarrillo, Iznatoraf y Castellar, de acuerdo con la Orden de 30 de abril de 2019 mencionada.

También establece un sistema de comunicación previa a la realización de dicha actividad, que garantice el cumplimiento de los condicionantes y del procedimiento
establecido en los artículo 17 y 18 del Decreto 247/2001, de 13 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Prevención y Lucha contra los Incendios Forestales.
Sistema de comunicación detallado en el Anexo I de esta resolución.

Los agricultores, se explica en la resolución, podrán gestionar desde su casa u oficina la comunicación de quema de restos agrícolas, lo que evita los desplazamientos a los puntos de atención de los Agentes de Medio Ambiente. Tendrán que ponerse en contacto con el guarda de su zona, y en el caso de no tener su contacto los interesados pueden dirigirse a la oficina de Asaja más cercana, donde se lo darán.

Para las nuevas solicitudes se procederá de igual manera: se pondrán en contacto con los agentes de medio ambiente de la zona o a través del correo electrónico (lo puede consultar en la resolución), aportando datos personales del titular (nombre, DNI, dirección, teléfono y término municipal); polígono/s y parcela/s o referencia catastral y término municipal en el que se vaya a quemar, y dirección de correo electrónico a la que desea que se remita la autorización.

Los interesados pueden acceder a la resolución aquí

Compartir en

Enviar un Comentario