El DOUE publica la solicitud de registro de la IGP Aceite de Jaén

El Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE) publicaba ayer, 29 de enero, la solicitud de registro de la IGP Aceite de Jaén de acuerdo al artículo 50 del Reglamento (UE) n.o 1151/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre los regímenes de calidad de los productos agrícolas y alimenticios (2020/C 30/07). Esta publicación otorga el derecho a oponerse a la solicitud, de conformidad con el artículo 51 del Reglamento (UE) n.o 1151/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo ( 1 ), en el plazo de tres meses a partir de la fecha de la presente publicación. Y en caso de que no se produzca oposición, pasado el plazo se podrá formar el Consejo Regulador de forma provisional. Y ya pasado un año como máximo se podrán convocar las primeras elecciones oficiales. Según reza dicha publicación en el DOUE, el “Aceite de Jaén” procederá obligatoriamente de las siguientes variedades de aceituna, presentes, de forma aislada o combinada, siendo la picual la variedad principal y autóctona, que representa más del 90% de la superficie oleícola de la zona geográfica.

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