Publicada la nueva normativa para mejorar el bienestar animal en las granjas

El Boletín Oficial del Estado ha publicado esta semana un real decreto, aprobado recientemente en Consejo de Ministros, que compila varias modificaciones de normas, ya en vigor, y crea algunas nuevas herramientas con el fin de mejorar el bienestar animal en las granjas y facilitar los controles oficiales que llevan a cabo las autoridades competentes. En este ámbito, la normativa prevé la creación formal de la mesa de coordinación sobre bienestar y protección de los animales y se establece la existencia de un centro nacional de referencia para el ámbito ganadero y acuícola, para el que ha sido designado el Instituto de Investigación y Tecnología Agroalimentaria de Catalunya (IRTA), en consorcio con la Universidad Autónoma de Barcelona, por un periodo de dos años.

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Agricultura publica la orden para el pago específico al algodón

El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado hoy la orden del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación que establece los requisitos para percibir el pago específico al cultivo del algodón, en el marco de las ayudas de la Política Agraria Común (PAC), correspondiente a la campaña 2023/2024 y siguientes, con un montante de 59,5 millones de euros anuales. La base de la norma es el Reglamento (UE) 2021/2115, del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre los planes estratégicos que deben elaborar los Estados miembros en el marco de la Política Agraria Común (PAC), que establece un pago específico a los cultivadores de algodón. El plan estratégico de España recoge este pago a nivel nacional en su anexo IV. La dotación presupuestaria anual de este pago específico es de 59.594.000 euros, para una superficie básica nacional de 48.000 hectáreas, lo que supone un importe unitario estimado de 1.241 euros por hectárea admisible. Si se rebasa esta superficie básica nacional, el importe previsto de la ayuda por hectárea se reducirá proporcionalmente.

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Ayudas para la conservación, mejora y fomento de razas ganaderas

El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado un extracto de la orden de convocatoria de las subvenciones para 2022 destinadas a las asociaciones de criadores reconocidas oficialmente por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA) para la conservación, mejora y fomento de las razas ganaderas por un importe de 4.750.000 euros. Podrán optar a estas subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva las asociaciones de criadores oficialmente reconocidas por el MAPA para la gestión de programas de cría, de acuerdo con lo establecido por el Real Decreto 45/2019, de 8 de febrero, que cumplan con los requisitos previstos en el artículo 4 y las obligaciones del artículo 5 del Real Decreto 794/2021, de 14 de septiembre. El plazo para la presentación de solicitudes será de un mes a partir del 4 de marzo, día siguiente de la publicación del extracto de la convocatoria en el BOE y se podrán a formalizar a través de la sede electrónica del MAPA: https://sede.mapa.gob.es.

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Asaja valora la entrada en vigor de la Ley de la Cadena y exige al Gobierno la máxima diligencia en su cumplimiento

Asaja acoge con satisfacción la entrada en vigor de la reforma de la Ley de medidas para mejorar el funcionamiento de la cadena alimentaria pero también reclama al Gobierno el máximo celo posible a la hora de hacerla cumplir. ASAJA también acoge con satisfacción la inclusión en la citada Ley de otras medidas, largo tiempo demandadas por esta Organización, como son la posibilidad para los productores de contratar la doble tarifa eléctrica y las reducciones del 35% y el 15% en las facturas del gasóleo y de plásticos y fertilizantes, respectivamente y espera una inmediata puesta en marcha de ambas.

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El MAPA actualiza la normativa por la que se establecen medidas de protección frente a la influenza aviar

El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación ha publicado en el Boletín Oficial del Estado una Orden ministerial que modifica la Orden APA/2442/2006, de 27 de julio, por la que se establecen medidas específicas de protección en relación con la influenza aviar. El objetivo principal de esta modificación es el de reforzar la bioseguridad, no solo en las zonas de especial riesgo (Anexo II de la citada orden) sino también en los lugares de especial vigilancia (Anexo III), a tenor de la situación epidemiológica actual de la enfermedad en Europa. Asimismo, el ministerio considera necesario incorporar la posibilidad de aplicar medidas más restrictivas, a nivel regional, si así lo determina la autoridad competente en base al análisis de riesgo realizado a este nivel. De igual forma, se modifican los anexos I, II y III de la Orden de 2006, con objeto de actualizar los humedales y territorios incluidos en las zonas de especial riesgo y de especial vigilancia.

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