Novedades y artículos más destacados del Convenio Colectivo del Campo de la Provincia de Jaén 2022-2026

El pasado 6 de febrero de 2023 se firmó el Convenio del Campo, que regula las relaciones laborales entre los trabajadores del campo y empresarios de la provincia de Jaén, y que tendrá una vigencia de cuatro años. Su negociación ha sido todo un reto, puesto que este año se ha tenido que adaptar todo el articulado a la nueva Reforma Laboral puesta en marcha por la ministra Yolanda Díaz, que como ya hemos denunciado en diferentes ocasiones desde la organización agraria, no ha tenido en cuenta la temporalidad del sector. El convenio regula los horarios de trabajo y demás condiciones entre empleador y empleado, con el fin de garantizar la paz social en el campo y evitar los incumplimientos. Aquí dejamos un resumen con las novedades y los artículos más destacados:

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A consulta pública los reales decretos sobre la ayuda básica a la renta y la condicionalidad reforzada y social de la nueva PAC

El Ministerio de Agricultura ha iniciado el procedimiento de consulta pública de los proyectos de los reales decretos sobre la ayuda básica a la renta, y la condicionalidad reforzada y social de la Política Agraria Común (PAC) para el periodo 2023-2027. Según indica el Ministerio en una nota, estas dos normas se incluyen dentro del paquete legislativo que el ministerio ha puesto en marcha para la correcta ejecución de esta nueva política a partir del próximo año, en base al Plan Estratégico Nacional de la PAC remitido a Bruselas, y que está en proceso de aprobación por la Comisión Europea. En las próximas semanas se iniciará la tramitación del resto de reales decretos que configuran esta arquitectura legal imprescindible para la aplicación de la nueva PAC.

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Higiene en la Producción Primaria Agrícola

La Red de Alerta e Información Fitosanitaria de Andalucía (RAIF) nos recuerda que en las últimas décadas, la UE ha llevado a cabo un extenso desarrollo normativo en lo referente a legislación alimentaria, con el objetivo de garantizar la seguridad y la inocuidad de los productos alimentarios de la UE.

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El Consejo de Ministros actualiza la normativa sobre comercialización de los fertilizantes en la Unión Europea

El Consejo de Ministros ha aprobado, a propuesta del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, una nueva norma sobre comercialización de los fertilizantes en la Unión Europea, para incluir en la legislación vigente las últimas disposiciones del Reglamento UE en la materia. Se introducen así algunos requisitos como la designación del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación como “autoridad notificante”, responsable de establecer y aplicar los procedimientos necesarios para la evaluación de los fertilizantes, de forma que cumplan lo establecido en el Reglamento comunitario y puedan incluir la marca CE en los productos que se comercialicen en la Unión Europea. También se especifican las condiciones que deben cumplir los organismos que desempeñan las actividades de evaluación sobre el cumplimiento de los preceptos del Reglamento UE y se designa a la Entidad Nacional de Acreditación (ENAC) como organismo que evaluará y hará el seguimiento de las entidades que certifiquen la conformidad de los abonos UE.

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La agricultura sigue siendo sector esencial

recogida aceituna jabalquinto año 2014

El Real Decreto-Ley por el que se regula un permiso retribuido recuperable para las personas trabajadoras de los servicios no esenciales, publicado en el Boletín Oficial del Estado la noche del 29 de marzo, ya está en vigor. Según se recoge en su anexo, esta norma no es aplicable a las personas trabajadoras de la agricultura, ganadería, acuicultura, pesca e industria alimentaria, así como a las actividades imprescindibles para asegurar su funcionamiento.
El objetivo de este Real Decreto-Ley es reforzar, con carácter temporal, las limitaciones del movimiento de las personas para contener el COVID-19, y garantizar que los sacrificios y esfuerzos de toda la población tengan una mayor repercusión en la lucha contra esta enfermedad. En su anexo, este Real Decreto-Ley relaciona las personas trabajadoras a las que no resulta de aplicación el permiso retribuido recuperable. Relacionadas con la actividad agraria, pesquera y agroalimentaria, figuran las siguientes:

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