Gestión de los envases fitosanitarios

Según lo previsto en el Real Decreto 1311/2012, de 14 de septiembre, sobre el uso sostenible de los productos fitosanitarios, en el momento de la venta de productos fitosanitarios para uso profesional, el vendedor deberá facilitar información sobre los productos fitosanitarios que adquiere, relacionada con los riesgos para la salud, medio ambiente y las instrucciones de seguridad para gestionar tales riesgos. Además, según explican desde la Red de Alerta e Información Fitosanitaria de Andalucía, le informará sobre los puntos de recogida de envases vacíos, que se guardarán en una bolsa de plástico o en un lugar seguro, hasta el momento de su traslado al punto de recogida. El usuario profesional llevará un registro de los envases entregados al sistema de gestión y, durante 3 años, mantendrá el justificante o albarán de haber entregado los envases vacíos.

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Uso sostenible en ámbitos distintos de la producción agraria

Todos los productos fitosanitarios utilizados en España, incluidos los utilizados en ámbitos distintos de la producción agraria deben estar inscritos en el Registro Oficial de Productos y Material Fitosanitario (ROMPF), y su utilización debe atender tanto a las condiciones específicas de uso contenidas en su inscripción en el citado Registro, como al Real Decreto 1311/2012, de 14 de septiembre, por el que se establece el marco de actuación para conseguir un uso sostenible de los productos fitosanitarios, tal y como recuerdan desde la Red de Alerta e Información Fitosanitaria de Andalucía (RAIF). El uso de productos fitosanitarios en ámbitos distintos de la producción agraria (espacios utilizados por el público en general, campos de deporte, espacios utilizados por grupos vulnerables, espacios de uso privado, redes de servicios, zonas industriales, campos de multiplicación y centros de recepción), debe realizarse de acuerdo a lo especificado en el Capítulo XI del Real Decreto 1311/2012, en los artículos 46 al 52.

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Situación actual de la mosca del olivo en las diferentes provincias andaluzas

El estado fenológico dominante, según explican desde la Red de Alerta e Información Fitosanitaria de Andalucía (RAIF), en Córdoba y Málaga es «l1» (enero-amarilleo); en Granada, Jaén y Sevilla, se observan tanto el estado «l1» (envero-amarilleo) como el «l2» (envero-manchas rojas), mientras que en Cádiz y Huelva predomina una combinación de los estados «l2» (envero-manchas rojas) y «J1» (fruto maduro-pulpa blanca). El estado más avanzado, «J2» (fruto maduro-pulpa roja), se aprecia en algunas áreas de cultivo de la provincia de Cádiz.

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A consulta pública el plan de acción para el uso sostenible de fitosanitarios

agricultor realizando trabajos de aplicador de fitosanitariosEl Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación ha iniciado el procedimiento de consulta pública del Plan de Acción Nacional para el Uso Sostenible de Productos Fitosanitarios 2025-2029. Este plan, junto con la puesta en marcha del Real Decreto 1311/2012, de 14 de septiembre de 2012, conforman el núcleo central de la política del ministerio en el ámbito del uso sostenible de los productos fitosanitarios. El plan de acción es fruto del análisis detallado de la situación de partida del sector agrícola y otros usuarios de productos fitosanitarios, de las políticas y medidas implementadas hasta la fecha, de las recomendaciones de la Comisión Europea y de las aportaciones de los sectores productivos, administraciones implicadas y ONG. Como elemento esencial en su procedimiento de adopción, se somete a un proceso de audiencia pública que será fundamental en su definición.

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Autorizaciones excepcionales de productos fitosanitarios

En circunstancias especiales y debidamente justificadas, el artículo 53 del Reglamento 1107/2009, de 21 de octubre de 2009 relativo a la comercialización de productos fitosanitarios establece que un estado miembro puede autorizar por un periodo no superior a 120 días, la comercialización de productos fitosanitarios para su utilización controlada y limitada, tal y como nos recuerdan desde la Red de Alerta e Información Fitosanitaria de Andalucía (RAIF). La autorización excepcional se concede mediante resolución de la Dirección General de la Sanidad de la Producción Agraria del MAPA. Acceder a la relación de autorizaciones excepcionales en vigor en la Comunidad Autónoma de Andalucía clasificadas por cultivo. Además, la web de la Red de Alerta e Información Fitosanitaria de Andalucía, recoge las autorizaciones excepcionales en vigor junto a las restricciones de uso para los cultivos en Producción Integrada en Andalucía.

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